Tributarána tipo fijo, al 19% por los primeros 6.000 euros de ganancia, al 21% (de 6.000 a 50.000 euros) y al 23% (más de 50.000 euros). Si cada uno reinvierte el importe obtenido en la transmisión, en la compra de una nueva vivienda habitual, podrá aplicarse la exención por reinversión en vivienda habitual.
2-. Cesión a cambio de una compensación económica. El cónyuge que cede su parte de la casa recibe a cambio una cantidad de dinero en metálico u otra compensación económica. Esta opción es FC9eR.